CONCLUSIONES Y RECOMDACIONES:
La MOE/OEA constató los avances del sistema electoral venezolano. Asimismo, con el objetivo de fortalecer el sistema y el proceso eleccionario de Venezuela, la Misión de la OEA presenta una serie de recomendaciones. Estas se formulan en cumplimiento de los compromisos a los que obligan las Normas sobre el Régimen de la Observación Electoral Internacional en la Elección Presidencial de 2006, dictadas por el CNE el 5 de octubre de 2006 y por Acuerdo relativo a los Privilegios e Inmunidades de los Observadores firmado con el gobierno, así como el Acuerdo de Procedimientos de la Observación firmado con el CNE. Los siguientes comentarios y sugerencias se basan en los informes preliminares de la Misión y en las observaciones y análisis presentados en páginas anteriores.
A) ASPECTOS LEGALES:
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La Misión pudo observar que, desde las elecciones de 2005, el marco regulatorio ha mejorado en varios aspectos. En tal sentido, quizá la más relevante conclusión y recomendación en materia legal, es la urgente necesidad de tener un marco jurídico unificado, coherente, de fácil y oportuna aplicación, dotado de mecanismos que garanticen su cumplimiento por parte de los organismos correspondientes y de los normados, con lo que se generaría un clima de confianza y tranquilidad entre todos los actores del proceso electoral en sus diferentes etapas. La actual normativa electoral de la República Bolivariana de Venezuela, no coincide en muchos aspectos con los cambios institucionales y el avance tecnológico del sistema electoral. En este sentido, la Misión considera oportuno desarrollar los principios constitucionales referidos al régimen electoral, mediante la expedición de una ley que recoja las normas existentes y la actualice y complemente para tener una legislación clara y expedita en materia electoral. Para ello, se considera que la manera de implementar esta recomendación sería rescatando de la legislación vigente lo que sea aplicable a la actualidad y refundirlo con nuevas normas en un código electoral único, que involucre de manera sistemática los diferentes aspectos del proceso electoral y los temas conexos, incluyendo el control de actividades, la regulación de las organizaciones con fines políticos, la propaganda electoral, el financiamiento de partidos políticos y de campañas electorales redactado con una buena técnica jurídica, buscando que este sea lo más claro posible, sin dejar lugar a vacíos o situaciones que generen un limbo jurídico.
La Misión entiende que cada elección tiene características particulares y por ello considera conveniente que el CNE conserve la facultad de reglamentar asuntos meramente procedimentales para cada elección, tales como el cronograma electoral, la reubicación de centros de votación o mesas de votación en caso de ser necesario, composición de órganos electorales transitorios para desempeñar funciones electorales (miembros de mesa, operadores, coordinadores de centro de votación). Estas reglamentaciones deben ser difundidas con la antelación que determine la ley y tengan amplia difusión para que los actores del proceso las conozcan con la debida anticipación y sean aplicables de manera justa y uniforme.
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En cuanto a los reglamentos sobre los procedimientos que decrete el CNE para cada elección, la Misión considera que deberían ser expedidos previa concertación, opinión o intervención en su elaboración por parte de las organizaciones políticas, pues estos van a normar el proceso en la cual ellas van a participar.
B) CAMPAÑAS ELECTORALES Y FINANCIAMIENTO DE CAMPAÑAS:
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La Misión observó falta de credibilidad y confianza entre los distintos sectores políticos del país, lo cual debilitó la presencia de los partidos. Por lo tanto, la MOE/OEA considera oportuna la promoción de un programa de fortalecimiento de los partidos políticos y de concertación nacional.
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La Misión entiende que el marco jurídico para el financiamiento de las campañas electorales debe ser revisado, ya que la tendencia en la mayoría de democracias es que el Estado participe financiando estos aspectos, ya sea de manera directa, indirecta o mixta, pues esto permite tener mayor control sobre el dinero que ingresa a una campaña o a un partido político. Además, en cierta forma les da igualdad de condiciones en la participación en la vida política o en un proceso electoral en particular. La República Bolivariana de Venezuela cuenta con uno de los sistemas electorales más modernos del mundo, no obstante falta robustecer y mejorar los sistemas de control y fiscalización del financiamiento de agrupaciones con fines políticos y de campañas electorales, el cual está establecido mediante norma constitucional. Es así como la Misión recomienda revisar el marco legal en función de generar modificaciones que faciliten la auditoría de los fondos utilizados para las campañas electorales y de esta manera se refuerce la transparencia del sistema eliminado sospechas y/o suspicacias.
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En este sentido, es importante reglamentar el uso de recursos públicos y/o del Estado, de manera que se preserve el equilibrio y la igualdad de condiciones entre los participantes de un proceso electoral. La Misión también considera imperante que al reglamentar la aludida materia, se elabore una ley que cuente con los instrumentos necesarios y efectivos que hagan posible la aplicación de la misma, estableciendo sanciones que sean aplicadas dependiendo de la clase de delito.
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Dentro de la reforma y actualización a la normatividad electoral existente en la República Bolivariana de Venezuela es importante reglamentar lo referente a las campañas electorales, para que estas se puedan desarrollar con plenas garantías y la celebración del proceso propiamente dicho sea justo, libre y competitivo y la ciudadanía tenga una percepción clara y verdadera sobre las ofertas políticas,
evitando que su percepción sobre ellas sea distorsionada. En este campo sería importante reglamentar el acceso de los candidatos a los medios de comunicación para que los participantes en el debate electoral estén en igualdad de condiciones
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C) FORTALECIMIENTO DE LA AUTORIDAD ELECTORAL:
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Es de destacar que los miembros rectores del Consejo Supremo Electoral fueron designados por la Asamblea Nacional de la manera que lo dispone la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela37. Con motivo del grado de estabilidad que adquirió el CNE con el nombramiento en propiedad de sus rectores, este organismo se ha puesto en la tarea de trabajar en su consolidación. Se considera oportuno que, en aras de consolidar la credibilidad de la autoridad electoral se mejore la comunicación con los representantes de las organizaciones políticas. Principalmente, en el tema de contestación de inquietudes o respuestas técnicas presentadas al CNE.
D) REGISTRO ELECTORAL PERMANENTE (REP):
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La Misión considera importante que se expida una ley que permita la unificación del Registro Civil de las Personas y al Registro Electoral Permanente (REP). De esta manera, se podría obtener un padrón electoral limpio y depurado, teniendo una mayor coordinación entre las instituciones involucradas en la formación de esos registros.
E) ORGANIZACIÓN Y LOGÍSTICA ELECTORAL:
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La Misión puede confirmar que, tanto en los centros de votación como los lugares centrales de totalización, hubo una presencia importante de testigos de los partidos políticos así como de observadores, lo que contribuyó a transparentar este proceso y brindar garantías acerca de la transmisión y totalización de los resultados.
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De las elecciones de 2005 a las de 2006, el CNE amplió el número de centros de votación. En 2005 se habían habilitado 9,387 centros de votación y para las elecciones de 2006 ya había 11,118, lo que facilita al ciudadano la participación en el proceso electoral. Igualmente, para 2006, la automatización del sistema alcanzó el 94.7% y el 5.7% restante, obedece en su mayoría a las mesas de votación instaladas en el exterior y a regiones inhóspitas donde se hace imposible la implementación del sistema automatizado.
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De lo observado el día de la votación y con el objetivo de mejorar la organización del proceso durante el acto de votación se sugiere que:
La autoridad electoral estipule y cumpla con claridad los horarios establecidos por la legislación sobre la apertura y cierre del centro electoral. También debería establecer cuál es el oficial responsable de esta función, evitando así confusiones y generando mayor transparencia en el recuento de votos. (Artículo 296 CRBV.)
Las fuerzas de seguridad eviten la exhibición de armamento ya que esto puede resultar amenazante o amedrentador para el público elector.
Realizar una renovación del parque de máquinas de votación envejecido debido a las fallas de algunas de máquinas. Unificar el modelo de las máquinas de votación y las impresoras para así minimizar las fallas y la paralización momentánea del proceso.
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Socializar y familiarizar la tecnología utilizada en el proceso electoral mediante campañas masivas de educación al votante, las cuales podrían incluir pruebas prácticas en lugares públicos.
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Reforzar la capacitación de los miembros de mesa, lo cual le permitiría una mejor capacidad de reacción y de toma de decisiones el día de la elección. Esto también le permitirá informar mejor al votante.
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Diseñar una Boleta Electoral más clara para el votante para que este pueda diferenciar a su candidato o candidata del resto. Esto es importante sobre todo para aquellos que padecen algún tipo de discapacidad o limitación visual.
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Incluir en la caja electoral juegos de boletas en físico para una rápida instrumentación de planes de contingencia en caso de fallas técnicas, especialmente en comunidades alejadas.
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Tratar de evitar la frecuencia y “naturalización” de la figura del acompañante al momento de la emisión del voto y/o que se reglamente mejor y que estas disposiciones sean conocidas por todos.
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Establecer procedimientos claramente definidos para la entrega a los Partidos Políticos de logs de base de datos, servidores de comunicación y resultados detallados acta por acta.
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La Misión considera que el Plan República logró realizar de manera efectiva sus labores de logística y generar condiciones de seguridad durante el desarrollo del proceso electoral, mediante un acompañamiento oportuno de custodiar, prestar seguridad y apoyo en el despliegue y repliegue del material electoral, así como preservar el orden público durante los comicios. No obstante, la Misión recomienda que los agentes que participan en dicho Plan se apeguen de manera estricta a la ley y al reglamento para que se prevenga la extralimitación de funciones, pues se observó que en algunas ocasiones estos tuvieron un protagonismo que no les correspondía, yendo más allá de su papel, incluso calcando y desempeñando tareas propias de los funcionarios electorales. Para ello, sería importante que dentro de las reformas al ordenamiento legal electoral se incluyeran de manera clara y precisa los parámetros con los cuales se debe organizar el plan de acompañamiento de las Fuerzas Militares en los procesos electorales, determinándose que su participación se debe limitar, a brindar los elementos de seguridad, custodia y prevención del mantenimiento del orden público, así como apoyo en el traslado del material electoral a las zonas vulnerables y de difícil acceso.
F) TECNOLOGÍA ELECTORAL:
Las auditorías que se hicieron a lo largo del proceso electoral a los diferentes componentes de la plataforma tecnológica del sistema electoral (máquinas, sistema de transmisión y sistema de totalización), contaron con la presencia de la mayoría de los técnicos de los candidatos participantes y de la sociedad civil, quienes avalaron los sistemas, generando un clima de confianza en este importante aspecto del proceso. Hay que anotar que el cronograma y la metodología de estas auditorías fue discutido previamente entre el CNE y los partidos políticos.
La MOE considera que una innovación tecnológica importante como la incorporación de máquinas capta-huellas al sistema electoral, requiere en el futuro y a la luz de la experiencia observada, de una mayor difusión hacia la opinión pública. Es importante que la ciudadanía conozca su verdadero alcance, a efectos de disipar suspicacias y temores de que se pudiese identificar la identidad del votante. En caso de entenderse apropiada su continuación, deberá encararse su extensión sistemática a todo el territorio nacional.
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Se estima oportuno que este esfuerzo por poblar la base de datos del Registro Electoral mediante el sistema de captahuellas, no se realice durante el día de la elección. Además, la Misión considera necesario realizar campañas de actualización de información permanentes en épocas no electorales.
G) TRÁMITE DE DENUNCIAS:
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Debido a que las normas en materia electoral se encuentran dispersas en diferentes leyes, resoluciones e instructivos, sería importante que al momento de unificar la legislación electoral, se incluyera un capítulo en el que se reglamente en forma clara y precisa lo relativo a quejas, denuncias, irregularidades y delitos electorales. De esta manera, se estaría dotando a ese ordenamiento con las herramientas necesarias para el cabal cumplimiento de esa reglamentación, previniendo y/o sancionando la comisión de alguna irregularidad en esa materia, tipificando la figuras delictivas electorales y exigiendo a las autoridades correspondientes la aplicación de las mismas, so pena de incurrir en omisión de funciones, evento que también debería contemplar una sanción ejemplar para forzar al funcionario a que aplique la ley en debida forma, evitando que cualquier irregularidad electoral quede impune.
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Se recomienda que, para cada proceso electoral, el CNE o la autoridad competente habilite una oficina de quejas y reclamos con un procedimiento claro y expedito. El objetivo de esta sugerencia es que quienes sientan que sus derechos electorales están siendo vulnerados tengan un canal de fácil acceso con la autoridad y que su denuncia y/o queja sea prontamente atendida y resuelta en el menor tiempo posible por funcionarios competentes e imparciales.